Calculadora de Finiquito (España)
Cuando termina una relación laboral en España —sea por despido, fin de contrato o baja voluntaria— la empresa te tiene que abonar el finiquito: la liquidación de todo lo que has devengado y aún no cobrado hasta el último día. Esta calculadora estima ese importe en bruto sumando sus tres piezas habituales: el salario de los días que trabajaste en el mes de la baja, las vacaciones que generaste y no llegaste a disfrutar, y la parte proporcional de las pagas extraordinarias si las cobrás aparte. Ojo con una confusión muy común: el finiquito no es la indemnización por despido; son conceptos distintos que muchas veces se pagan juntos.
Finiquito estimado (bruto)
Salario diario:
Estimación en bruto simplificada del finiquito (salario de los días trabajados del mes + vacaciones generadas y no disfrutadas + parte proporcional de las 2 pagas extraordinarias, con devengo anual). No incluye la indemnización por despido —que es un concepto aparte— ni los descuentos de IRPF y Seguridad Social, ni conceptos de convenio. Consultá tu convenio colectivo o a un abogado laboralista antes de firmar.
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¿Cómo funciona?
El finiquito parte del salario diario, que es tu salario bruto mensual dividido entre 30. Con ese dato se calculan las tres partidas. Primero, el salario de los días trabajados: si te dan de baja el día 15 del mes, te corresponden 15 días de sueldo de ese mes. Segundo, las vacaciones devengadas y no disfrutadas: por cada día de vacaciones que generaste durante el año y no cogiste, se te paga un día de salario (en España el mínimo legal son 30 días naturales de vacaciones al año, que se van generando mes a mes). Tercero, la parte proporcional de las pagas extraordinarias: en España hay normalmente dos pagas extra al año (verano y Navidad); si no están prorrateadas en tus doce nóminas, en el finiquito te abonan la parte que has ido devengando desde el último pago, proporcional a los días transcurridos del año. La suma de esas tres partidas es el finiquito en bruto; luego se le aplican las retenciones de IRPF y Seguridad Social, igual que a una nómina normal.
Qué incluye el finiquito en España
El finiquito recoge lo devengado y pendiente de cobro a la fecha de baja, con independencia del motivo. No confundir con la indemnización, que solo aparece en algunos tipos de despido. Estas son las partidas que esta calculadora estima:
| Concepto | Qué es | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Salario de los días trabajados | Los días del último mes que trabajaste y aún no te pagaron | Salario diario × días trabajados del mes |
| Vacaciones no disfrutadas | Los días de vacaciones que generaste en el año y no cogiste | Salario diario × días de vacaciones pendientes |
| Parte proporcional pagas extra | Lo devengado de las 2 pagas extraordinarias si no van prorrateadas | Salario mensual × 2 × (días del año trabajados ÷ 365) |
| (Aparte) Indemnización | Solo en despido improcedente u objetivo; no forma parte del finiquito | 33 días/año (improcedente) o 20 días/año (objetivo) |
Finiquito e indemnización no son lo mismo
Es la confusión más frecuente. El finiquito lo cobra siempre cualquier persona que deja un trabajo —incluso si renuncia voluntariamente—, porque es simplemente la liquidación de lo que ya se ganó. La indemnización, en cambio, solo la hay cuando la ley la reconoce: en un despido improcedente son 33 días de salario por año trabajado (con topes), en un despido objetivo procedente 20 días por año, y en una baja voluntaria o un despido disciplinario procedente no hay indemnización, solo finiquito. Por eso esta calculadora estima únicamente el finiquito: la indemnización depende del tipo de despido y de la antigüedad, y se suma aparte. Un consejo práctico: al firmar el recibo de finiquito conviene escribir "no conforme" si no estás de acuerdo con las cuentas, porque tienes solo un plazo limitado para reclamar (la acción por despido caduca a los 20 días hábiles).
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Preguntas frecuentes
- ¿El finiquito es lo mismo que la indemnización?
- No. El finiquito es la liquidación de lo que ya devengaste y no cobraste (días trabajados, vacaciones pendientes, parte de pagas extra) y lo cobrás siempre, incluso si renunciás. La indemnización es un pago extra que solo existe en ciertos despidos: 33 días de salario por año en un despido improcedente, 20 días por año en uno objetivo, y cero en una baja voluntaria. Esta calculadora estima solo el finiquito.
- ¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas?
- Por cada día de vacaciones que generaste y no cogiste, se te paga un día de salario (salario mensual ÷ 30). En España el mínimo legal son 30 días naturales al año, que se van devengando de forma proporcional a los meses trabajados. Si a mitad de año dejás el trabajo habiendo generado 15 días y no disfrutaste ninguno, el finiquito te paga esos 15 días de salario. Introducí en la calculadora los días que te quedaron pendientes.
- ¿Qué significa que las pagas extra estén prorrateadas?
- En España hay normalmente dos pagas extraordinarias al año. Algunas empresas las pagan aparte en verano y Navidad; otras las "prorratean", es decir, reparten su importe entre las doce nóminas mensuales, así que cada mes cobrás un poco más. Si están prorrateadas, ya las fuiste cobrando y no te corresponde nada extra en el finiquito por ese concepto. Si se cobran aparte, el finiquito incluye la parte que devengaste desde el último pago.
- ¿El finiquito lleva retención de IRPF?
- Sí. El finiquito tributa como rendimiento del trabajo, igual que una nómina: se le practica retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social. Esta calculadora te da el importe en bruto (antes de esas retenciones), que es la referencia habitual para comprobar que las cuentas están bien; el líquido que ingresás será algo menor. La indemnización por despido, en cambio, suele estar exenta de IRPF hasta ciertos límites.
- ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si no estoy de acuerdo?
- Poco, y por eso conviene no firmar a la ligera. Si el despido te parece improcedente, la acción para reclamar caduca a los 20 días hábiles desde la fecha del despido. Al firmar el recibo de finiquito podés añadir "no conforme" de tu puño y letra para dejar constancia de que no aceptás las cuentas; firmar "conforme" sin más puede interpretarse como que renunciás a reclamar. Ante la duda, consultá a un abogado laboralista antes de firmar.