Calculadora de Finiquito en Chile
Esta calculadora estima el finiquito que corresponde al término de un contrato de trabajo en Chile. Ingresa tu remuneración mensual, las fechas de ingreso y término, la causal de despido y el valor actual de la UF para obtener un desglose con la indemnización por años de servicio, la indemnización sustitutiva de aviso previo y el feriado proporcional. Ten en cuenta que si el término es por renuncia voluntaria o mutuo acuerdo no corresponde indemnización por años de servicio ni sustitutiva de aviso: solo se paga el feriado proporcional y las remuneraciones pendientes.
Valor UF referencial al 8 de julio de 2026 ($40.842). La UF se reajusta a diario; actualiza el valor según tu fecha de cálculo. Fuente: SII (sii.cl).
Total finiquito estimado
Estimación simplificada según el Código del Trabajo. La indemnización por años de servicio solo aplica a la causal «necesidades de la empresa» (art. 161) y requiere al menos un año de antigüedad; la remuneración se topa en 90 UF y el máximo son 330 días (11 años). El feriado proporcional asume que no se tomaron vacaciones y convierte los días hábiles a corridos con un factor aproximado. No incluye remuneraciones ni horas extra pendientes, gratificaciones ni descuentos. Consulta a un abogado laboral o a la Dirección del Trabajo para el cálculo exacto.
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¿Cómo funciona?
El finiquito se compone de tres conceptos. La indemnización por años de servicio aplica solo cuando el despido es por necesidades de la empresa (art. 161) y el contrato duró al menos un año: se paga un mes de remuneración por cada año trabajado, contando como año la fracción superior a seis meses, con un máximo de 330 días (11 años) y una remuneración topada en 90 UF. La indemnización sustitutiva de aviso previo equivale a un mes de remuneración (también topada en 90 UF) y se paga solo si el empleador no avisó el despido con al menos 30 días de anticipación. El feriado proporcional compensa las vacaciones no tomadas: 1,25 días hábiles por cada mes trabajado, que se convierten a días corridos y se pagan al valor del día de remuneración.
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Preguntas frecuentes
- ¿Qué es el finiquito?
- Es el documento y el pago que formaliza el término de la relación laboral. Incluye las indemnizaciones que correspondan según la causal, el feriado proporcional por vacaciones no tomadas y las remuneraciones pendientes. Debe firmarse ante notario o ministro de fe.
- ¿Cuándo tengo derecho a indemnización por años de servicio?
- Solo cuando el despido es por necesidades de la empresa (art. 161) y el contrato duró al menos un año. Se paga un mes de remuneración por cada año trabajado, contando como año completo la fracción superior a seis meses, con un tope de 330 días (11 años). Si renuncias o firmas mutuo acuerdo, no corresponde.
- ¿Qué es la indemnización sustitutiva de aviso previo?
- Cuando el despido es por necesidades de la empresa, el empleador debe avisar con 30 días de anticipación. Si no lo hace, debe pagar en su reemplazo un mes de remuneración (topado en 90 UF). Si avisó con la antelación debida, no se paga.
- ¿Cómo se calcula el feriado proporcional?
- Corresponden 1,25 días hábiles de vacaciones por cada mes trabajado sin tomarlas (15 días hábiles al año dividido en 12 meses). Esos días hábiles se convierten a días corridos sumando los sábados, domingos y festivos, y se pagan al valor de la remuneración diaria.
- ¿El finiquito paga impuestos?
- Las indemnizaciones legales por años de servicio y sustitutiva de aviso previo, dentro de los topes legales, no pagan impuesto a la renta. El feriado proporcional y otras remuneraciones sí forman parte de la base tributable. Esta calculadora entrega montos brutos referenciales.